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SEPA LO QUE DEBE Y NO DEBE
HACERSE
EN LA CELEBRACIÓN DE LA MISA
VATICANO, 23 Abr. 04 (ACI).-
La instrucción Redemptionis Sacramentum, describe
detalladamente cómo debe celebrarse la
Eucaristía y lo
que puede considerarse como "abuso grave" durante la ceremonia. Aquí les
ofrecemos un resumen de las normas que el documento recuerda a toda la
Iglesia.
En el Capítulo I sobre la “ordenación de
la Sagrada Liturgia” se señala que:
-
Compete a la Sede Apostólica ordenar la
sagrada Liturgia de la Iglesia universal, editar los libros litúrgicos,
revisar sus traducciones a lenguas vernáculas y vigilar para que las normas
litúrgicas se cumplan fielmente.
-
Los fieles tienen derecho a que la autoridad
eclesiástica regule la sagrada Liturgia de forma plena y eficaz, para
que nunca sea considerada la liturgia como propiedad privada de alguien.
-
El Obispo diocesano es el moderador, promotor y
custodio de toda la vida
litúrgica. A él le corresponde dar normas obligatorias para todos
sobre materia litúrgica, regular, dirigir, estimular y algunas veces también
reprender.
-
Compete al Obispo diocesano el derecho y el deber de
visitar y vigilar la liturgia en las iglesias y oratorios situados en
su territorio, también aquellos que sean fundados o dirigidos por los
citados institutos religiosos, si los fieles acuden a ellos de forma
habitual.
-
Todas las normas referentes a la liturgia, que la
Conferencia de Obispos determine para su territorio, conforme a las normas
del derecho, se deben someter a la recognitio de la Congregación para el
Culto Divino y la Disciplina de los
Sacramentos,
sin la cual, carecen de valor legal.
En el Capítulo II sobre la
“participación de los fieles laicos en la celebración de la Eucaristía”, se
establece que:
-
La participación de los fieles laicos en la
celebración de la Eucaristía, y en los otros ritos de la Iglesia, no puede
equivaler a una mera presencia, más o menos pasiva, sino que se debe valorar
como un verdadero ejercicio de la fe y la dignidad bautismal.
-
Se debe recordar que la fuerza de la acción
litúrgica no está en el cambio frecuente de los ritos, sino, verdaderamente,
en profundizar en la palabra de Dios y en el misterio que se celebra.
-
Sin embargo, no se deduce necesariamente que todos
deban realizar otras cosas, en sentido material, además de los gestos y
posturas corporales, como si cada uno tuviera que asumir, necesariamente,
una tarea litúrgica específica; aunque conviene que se distribuyan y
realicen entre varios las tareas o las diversas partes de una misma
tarea.
-
Se alienta la participación de lectores y
acólitos que estén debidamente preparados y sean recomendable por
su vida cristiana, fe, costumbres y fidelidad hacia el Magisterio de la
Iglesia.
-
Se alienta la presencia de
niños o jóvenes
monaguillos que realicen un servicio junto al altar, como acólitos, y
reciban una
catequesis conveniente, adaptada a su capacidad, sobre esta tarea. A
esta clase de servicio al altar pueden ser admitidas niñas o mujeres, según
el juicio del Obispo diocesano y observando las normas establecidas.
En el Capítulo 3, sobre la “celebración
correcta de la Santa
Misa” se especifica sobre:
La materia de la
Santísima Eucaristía
-
El pan a consagrar debe ser ázimo, de sólo
trigo y hecho recientemente. No se pueden usar cereales, sustancias diversas
del trigo. Es un abuso grave introducir en su fabricación frutas, azúcar o
miel.
-
Las hostias deben ser preparadas por personas
honestas, expertas en la elaboración y que dispongan de los instrumentos
adecuados.
-
Las fracciones del pan eucarístico deben ser
repartidas entre los fieles, pero cuando el número de estos excede las
fracciones se deben usar sobre todo hostias pequeñas.
-
El vino del Sacrificio debe ser natural, del fruto
de la vid, puro y sin corromper, sin mezcla de sustancias extrañas. En la
celebración se le debe mezclar un poco de agua. No se debe admitir bajo
ningún pretexto otras bebidas de cualquier género.
La Plegaria
Eucarística
-
Sólo se pueden utilizar las Plegarias Eucarísticas
del Misal Romano o las aprobadas por la Sede Apostólica. Los
sacerdotes no tienen el derecho de componer plegarias eucarísticas, cambiar
el texto aprobado por la Iglesia, ni utilizar otros, compuestos por personas
privadas.
-
Es un abuso hacer que algunas partes de la
Plegaria Eucarística sean pronunciadas por el diácono, por un ministro
laico, o bien por uno sólo o por todos los fieles juntos. La Plegaria
Eucarística debe ser pronunciada en su totalidad, y solamente, por el
sacerdote.
-
El sacerdote no puede partir la
hostia en
el momento de la consagración.
-
En la Plegaria Eucarística no se puede omitir la
mención del
Sumo Pontífice y del Obispo diocesano.
Las otras partes de
la Misa
-
Los fieles tienen el derecho de tener una música
sacra adecuada e idónea y que el altar, los paramentos y los paños
sagrados, según las normas, resplandezcan por su dignidad, nobleza y
limpieza.
-
No se pueden cambiar los textos de la sagrada
Liturgia.
-
No se pueden separar la liturgia de la palabra y
la liturgia eucarística, ni celebrarlas en lugares y tiempos diversos.
-
La elección de las lecturas bíblicas debe
seguir las normas litúrgicas. No está permitido omitir o sustituir,
arbitrariamente, las lecturas bíblicas prescritas ni cambiar las lecturas y
el salmo responsorial con otros textos no bíblicos.
-
La lectura evangélica se reserva al ministro
ordenado. Un laico, aunque sea religioso, no debe proclamar la lectura
evangélica en la celebración de la Misa.
-
La homilía nunca la hará un laico. Tampoco
los seminaristas, estudiantes de teología, asistentes pastorales ni
cualquier miembro de alguna asociación de laicos.
-
La homilía debe iluminar desde Cristo los
acontecimientos de la vida, sin vaciar el sentido auténtico y genuino de la
Palabra de Dios, por ejemplo, tratando sólo de política o de temas profanos,
o tomando como fuente ideas que provienen de movimientos pseudo-religiosos.
-
No se puede admitir un “Credo” o Profesión de
fe que no se encuentre en los libros litúrgicos debidamente aprobados.
-
Las ofrendas, además del pan y el vino, sí
pueden comprender otros dones. Estos últimos se pondrán en un lugar
oportuno, fuera de la mesa eucarística.
-
La paz se debe dar antes de distribuir la
sagrada Comunión, y se recuerda que esta práctica no tiene un sentido de
reconciliación
ni de perdón de los pecados.
-
Se sugiere que el gesto de la paz sea sobrio
y se dé a sólo a los más cercanos. El sacerdote puede dar la paz a los
ministros, permaneciendo en el presbiterio, para no alterar la celebración y
del mismo modo si, por una causa razonable, desea dar la paz a algunos
fieles. El gesto de paz lo establece la Conferencia de Obispos, con el
reconocimiento de la Sede Apostólica, “según la idiosincrasia y las
costumbres de los pueblos”.
-
La fracción del pan eucarístico la realiza
solamente el sacerdote celebrante, ayudado, si es el caso, por el diácono o
por un concelebrante, pero no por un laico. Ésta comienza después de dar la
paz, mientras se dice el “Cordero de Dios”.
-
Es preferible que las instrucciones o testimonios
expuestos por un laico se hagan fuera de la celebración de la Misa. Su
sentido no debe confundirse con la homilía, ni suprimirla.
Unión de varios ritos
con la celebración de la misa
-
No se permite la unión de la celebración
eucarística con otros ritos cuando lo que se añadiría tiene un
carácter superficial y sin importancia.
-
No es lícito unir el Sacramento de la Penitencia
con la Misa y hacer una única acción litúrgica. Sin embargo, los
sacerdotes, independientemente de los que celebran la Misa, sí pueden
escuchar confesiones, incluso mientras en el mismo lugar se celebra la Misa.
Esto debe hacerse de manera adecuada.
-
La celebración de la Misa no puede ser intercalada
como añadido a una cena común, ni unirse con cualquier tipo de
banquete. No se debe celebrar la Misa, a no ser por grave necesidad, sobre
una mesa de comedor, o en el comedor, o en el lugar que será utilizado para
un convite, ni en cualquier sala donde haya alimentos. Los participantes en
la Misa tampoco se sentarán en la mesa, durante la celebración.
-
No está permitido relacionar la celebración de la
Misa con acontecimientos políticos o mundanos, o con otros elementos
que no concuerden plenamente con el Magisterio.
-
No se debe celebrar la Misa por el simple deseo
de ostentación o celebrarla según el estilo de otras ceremonias,
especialmente profanas.
-
No se debe introducir ritos tomados de otras
religiones en la celebración de la Misa.
En el capítulo 4, sobre la “Sagrada
Comunión”, se ofrecen disposiciones como:
-
Si se tiene conciencia de estar en pecado grave,
no se debe celebrar ni comulgar sin acudir antes a la confesión sacramental,
a no ser que concurra un motivo grave y no haya oportunidad de confesarse.
-
Debe vigilarse para que no se acerquen a la sagrada
Comunión, por ignorancia, los no católicos o, incluso, los no cristianos.
-
La primera Comunión de los niños debe estar
siempre precedida de la confesión y absolución sacramental. La primera
Comunión siempre debe ser administrada por un sacerdote y nunca fuera de la
celebración de la Misa.
-
El sacerdote no debe proseguir la Misa hasta
que haya terminado la Comunión de los fieles.
-
Sólo donde la necesidad lo requiera, los
ministros extraordinarios pueden ayudar al sacerdote celebrante.
-
Se puede comulgar de rodillas o de pie, según
lo establezca la Conferencia de Obispos, con la confirmación de la Sede
Apostólica.
-
Los fieles tienen siempre derecho a elegir si desean
recibir la Comunión en la boca, pero si el que va a comulgar quiere recibir
el Sacramento en la mano, se le debe dar la Comunión.
-
Si existe peligro de profanación, el
sacerdote no debe distribuir a los fieles la Comunión en la mano.
-
Los fieles no deben tomar la hostia consagrada ni el
cáliz sagrado por uno mismo, ni mucho menos pasarlos entre sí de mano
en mano.
-
Los esposos, en la Misa nupcial, no deben
administrarse de modo recíproco la sagrada Comunión.
-
No debe distribuirse a manera de Comunión, durante
la Misa o antes de ella, hostias no consagradas, otros comestibles o
no comestibles.
-
Para comulgar, el sacerdote celebrante o los
concelebrantes no deben esperar que termine la comunión del pueblo.
-
Si un sacerdote o diácono entrega a los
concelebrantes la hostia sagrada o el cáliz, no debe decir nada, es decir,
no pronuncia las palabras “el Cuerpo de Cristo” o “la Sangre de Cristo”.
-
Para administrar a los laicos Comunión bajo las dos
especies, se deben tener en cuenta, convenientemente, las circunstancias,
sobre las que deben juzgar en primer lugar los Obispos diocesanos.
-
Se debe excluir totalmente la administración de la
Comunión bajo las dos especies cuando exista peligro, incluso pequeño, de
profanación.
-
No debe administrarse la Comunión con el cáliz
a los laicos donde: 1) sea tan grande el número de los que van a comulgar
que resulte difícil calcular la cantidad de vino para la Eucaristía y exista
el peligro de que sobre demasiada cantidad de Sangre de Cristo, que deba
sumirse al final de la celebración»; 2) el acceso ordenado al cáliz sólo sea
posible con dificultad; 3) sea necesaria tal cantidad de vino que sea
difícil poder conocer su calidad y proveniencia; 4) cuando no esté
disponible un número suficiente de ministros sagrados ni de ministros
extraordinarios de la sagrada Comunión que tengan la formación adecuada; 5)
donde una parte importante del pueblo no quiera participar del cáliz por
diversos motivos.
-
No se permite que el comulgante moje por sí mismo la
hostia en el cáliz, ni reciba en la mano la hostia mojada. La hostia que se
debe mojar debe hacerse de materia válida y estar consagrada. Está
absolutamente prohibido el uso de pan no consagrado o de otra
materia.
En el capítulo 5, sobre “otros aspectos
que se refieren a la Eucaristía”, se aclara que:
-
La celebración eucarística se ha de hacer en lugar
sagrado, a no ser que, en un caso particular, la necesidad exija otra cosa.
-
Nunca es lícito a un sacerdote celebrar la
Eucaristía en un templo o lugar sagrado de cualquier religión no cristiana.
-
Siempre y en cualquier lugar es lícito a los
sacerdotes celebrar el santo sacrificio en latín.
-
Es un abuso suspender de forma arbitraria la
celebración de la santa Misa en favor del pueblo, bajo el pretexto de
promover el “ayuno de la Eucaristía”.
-
Se reprueba el uso de vasos comunes o de escaso
valor, en lo que se refiere a la calidad, o carentes de todo valor
artístico, o simples cestos, u otros vasos de cristal, arcilla, creta y
otros materiales, que se rompen fácilmente.
-
La vestidura propia del sacerdote celebrante es la
casulla revestida sobre el alba y la estola. El sacerdote que se
reviste con la casulla debe ponerse la estola.
-
Se reprueba no llevar las vestiduras sagradas,
o vestir solo la estola sobre la cogulla monástica, o el hábito común
de los religiosos, o la vestidura ordinaria.
En el capítulo 6, el documento trata
sobre “la reserva de la Santísima Eucaristía y su culto fuera de la Misa”. Se
recuerda que:
-
El Santísimo Sacramento debe reservarse en un
sagrario, en la parte más noble, insigne y destacada de la iglesia, y en
el lugar más apropiado para la
oración.
-
Está prohibido reservar el Santísimo Sacramento en
lugares que no están bajo la segura autoridad del Obispo o donde
exista peligro de profanación.
-
Nadie puede llevarse la Sagrada Eucaristía a casa
o a otro lugar.
-
No se excluye el rezo del
rosario delante de la
reserva eucarística o del santísimo Sacramento expuesto.
-
El Santísimo Sacramento nunca debe permanecer
expuesto sin suficiente vigilancia, ni siquiera por un tiempo muy
breve.
-
Es un derecho de los fieles visitar
frecuentemente el Santísimo Sacramento.
-
Es conveniente no perder la tradición de realizar
procesiones eucarísticas.
El capítulo 7 versa sobre “los
ministerios extraordinarios de los fieles laicos”. Allí el documento especifica
que:
-
Las tareas pastorales de los laicos no deben
asimilarse demasiado a la forma del ministerio pastoral de los clérigos. Los
asistentes pastorales no deben asumir lo que propiamente pertenece al
servicio de los ministros sagrados.
-
Solo por verdadera necesidad se puede
recurrir al auxilio de ministros extraordinarios en la celebración de la
Liturgia.
-
Nunca es lícito a los laicos asumir las funciones
o las vestiduras del diácono o del sacerdote, u otras vestiduras
similares.
-
Si habitualmente hay un número suficiente de
ministros sagrados, no se pueden designar ministros extraordinarios
de la sagrada Comunión. En tales circunstancias, los que han sido designados
para este ministerio, no deben ejercerlo.
-
Se reprueba la costumbre sacerdotes que, a pesar de
estar presentes en la celebración, se abstienen de distribuir la comunión,
encomendando esta tarea a laicos.
-
Al ministro extraordinario de la sagrada Comunión
nunca le está permitido delegar en ningún otro para administrar la
Eucaristía.
-
Los laicos tienen derecho a que ningún
sacerdote, a no ser que exista verdadera imposibilidad, rechace nunca
celebrar la Misa en favor del pueblo, o que ésta sea celebrada por
otro sacerdote, si de diverso modo no se puede cumplir el precepto de
participar en la Misa, el domingo y los otros días establecidos.
-
Cuando falta el ministro sagrado, el pueblo
cristiano tiene derecho a que el Obispo, en lo posible, procure que se
realice alguna celebración dominical para esa comunidad.
-
Es necesario evitar cualquier confusión entre este
tipo de reuniones y la celebración eucarística.
-
El clérigo que ha sido apartado del estado clerical
está prohibido de ejercer la potestad de orden. No le está permitido
celebrar los sacramentos. Los fieles no pueden recurrir a él para la
celebración.
El capítulo 8 está dedicados a los
Remedios:
-
Cualquier católico tiene derecho a exponer una
queja por un abuso litúrgico, ante el Obispo diocesano o el Ordinario
competente que se le equipara en derecho, o ante la Sede Apostólica, en
virtud del primado del Romano Pontífice.
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